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Reglamentos

Regulación 16 : ORGANIZACIÓN DE PARTIDOS INTERNACIONALES, TORNEOS INTERNACIONALES, GIRAS INTERNACIONALES

Todos los Partidos Internacionales, Torneos Internacionales, Giras Internacionales o Series de Partidos Internacionales que involucren Equipos Representativos Nacionales de mayores (de Quince o de Seven) o segundos Equipos Representativos Nacionales de mayores de una Unión(es) de Alto Rendimiento¹ deben ser regulados, coordinados y aprobados por el Consejo.

REGULACIÓN 16.  ORGANIZACIÓN DE PARTIDOS INTERNACIONALES, TORNEOS INTERNACIONALES, GIRAS INTERNACIONALES

16.1    (a)    Todos los Partidos Internacionales, Torneos Internacionales, Giras Internacionales o Series de Partidos Internacionales que involucren Equipos Representativos Nacionales de mayores (de Quince o de Seven) o segundos Equipos Representativos Nacionales de mayores de una Unión(es) de Alto Rendimiento¹ deben ser regulados, coordinados y aprobados por el Consejo. Ningún Partido Internacional, Torneo Internacional, Gira Internacional o Serie de Partidos Internacionales que involucren al Equipo Representativo Nacional de mayores y/o al segundo Equipo Representativo Nacional de mayores de una Unión(es) de Alto Rendimiento puede ser confirmado antes de ser aprobado por el Consejo, no debiendo ser, ese consentimiento, demorado sin razones. Los criterios para la aprobación de Partidos Internacionales, Giras Internacionales, Torneos Internacionales o Series de Partidos Internacionales que involucren al Equipo Representativo Nacional de mayores o al segundo Equipo Representativo Nacional de mayores de una Unión(es) de Alto Rendimiento por parte del Consejo serán determinados por el Consejo de tanto en tanto.

(b)    Todos los Partidos Internacionales, Torneos Internacionales, Giras Internacionales o Series de Partidos Internacionales que involucren al Equipo Representativo Nacional de mayores (de Quince o de Seven) de Uniones que no sean Uniones de Alto Rendimiento deben ser regulados, coordinados y aprobados por el CEO. Ningún Partido Internacional, Torneo Internacional, Gira Internacional o Serie de Partidos Internacionales que involucren al Equipo Representativo Nacional de mayores de Uniones que no sean Uniones de Alto Rendimiento puede ser confirmado antes de ser aprobado por el CEO, no debiendo ser, ese consentimiento, demorado sin razones. Los criterios para la aprobación de Partidos Internacionales, Giras Internacionales, Torneos Internacionales o Series de Partidos Internacionales que no involucren al Equipo Representativo Nacional de mayores de una Unión(es) de Alto Rendimiento, por parte del CEO, serán determinados por el CEO de tanto en tanto.

(c)    Todos los Partidos Internacionales, Torneos Internacionales, Giras Internacionales o Series de Partidos Internacionales de juveniles y otras formas del Juego excepto Quince y Seven que no estén incluidos en (a) o (b) deben ser regulados, coordinados y aprobados por las Uniones involucradas y la Asociación en la que el Partido Internacional, Torneo Internacional, Gira Internacional o Serie de Partidos Internacionales esté programado para ser jugado. Ninguno de esos Partidos Internacionales, Torneos Internacionales, Giras Internacionales o Serie de Partidos Internacionales puede ser confirmado antes de ser aprobado por las Uniones involucradas, no debiendo ser, ese consentimiento, demorado sin razones. Los criterios para la aprobación de esos Partidos Internacionales, Giras Internacionales, Torneos Internacionales o Series de Partidos Internacionales serán determinados por las correspondientes Uniones y Asociaciones de tanto en tanto de acuerdo con las disposiciones de World Rugby.

16.1.1    El Consejo establecerá un programa de Partidos Internacionales, un programa de Torneos Internacionales y un programa de Giras Internacionales para Uniones de Alto Rendimiento por un período acordado. Una vez que las Uniones involucradas confirmen los detalles de los Partidos Internacionales, Torneos Internacionales y Giras Internacionales y que hayan sido aprobados por el Consejo o, según corresponda, por el CEO o la Asociación correspondiente, los arreglos no pueden ser cambiados salvo que sea aprobado por el Consejo o, según corresponda, por el CEO o la Asociación correspondiente.

16.1.2    Los Partidos Internacionales, Torneos Internacionales, Giras Internacionales o Series de Partidos Internacionales que involucren Equipos Representativos Nacionales pueden ser organizados provisionalmente por las Uniones involucradas y posteriormente enviados al Consejo o, según corresponda, al CEO o a la Asociación correspondiente (de acuerdo con la Regulación 16.1(a), (b) o (c)) para su aprobación a discreción del Consejo o, según corresponda, del CEO o de la Asociación correspondiente. Ningún Partido Internacional, Gira Internacional, Torneo Internacional o Serie de Partidos Internacionales que involucren a un Equipo(s) Representativo Nacional puede ser organizado por ninguna organización que no sea el Consejo o, según corresponda, el CEO o la Asociación correspondiente y las Uniones de esos Equipos Representativos Nacionales de acuerdo con la Regulación 16.1(a), (b) o (c).

16.2    Partidos, giras y torneos debajo del nivel representativo Nacional

16.2.1    Un Organismo de Rugby o Club no deberá jugar un Partido o Partidos contra ningún Organismo de Rugby o Club u otro equipo(s) que no esté afiliado (temporariamente o de algún otro modo) a una Unión o contra equipos que tengan Jugadores que no sean miembros de una Unión sin el consentimiento previo por escrito del CEO (sujeto a la Regulación 16.2.5).

16.2.2    Sin limitación de la Regulación 16.2.1, cuando se considere un Partido, Serie de Partidos o gira que involucren equipos por debajo del nivel Representativo Nacional (por ejemplo: Provincias, Estados, Condados, Distritos, Clubes u otro Organismo de Rugby) de más de una Unión, antes de organizar ese Partido(s), Serie de Partidos o giras se debe obtener un permiso escrito del Secretario de la Unión organizadora, el cual a su turno, sujeto al permiso concedido por su Unión, obtendrá el acuerdo del Secretario de la otra Unión por escrito y, según corresponda, de la Unión(es) en cuyo territorio el Partido(s), Serie de Partidos o gira(s) tendrá lugar.  Sin limitación de la Regulación 16.2.1, cuando se considere un Partido, Serie de Partidos o gira que involucren equipos por debajo del nivel Representativo Nacional (por ejemplo: Provincias, Estados, Condados, Distritos, Clubes u otro Organismo de Rugby) de más de una Unión, antes de organizar ese Partido(s), Serie de Partidos o giras se debe obtener un permiso escrito del Secretario de la Unión organizadora, el cual a su turno, sujeto al permiso concedido por su Unión, obtendrá el acuerdo del Secretario de la otra Unión por escrito y, según corresponda, de la Unión(es) en cuyo territorio el Partido(s), Serie de Partidos o gira(s) tendrá lugar.  

16.2.3   Cuando se considere un torneo en el que participen equipos debajo del nivel Representativo Nacional (por ejemplo: Provincias, Estados, Condados, Distritos, Clubes u otro Organismo de Rugby) de más de una Unión, antes de organizar ese torneo se debe obtener un permiso escrito del Secretario de cada una de las Uniones involucradas (incluyendo, para que no haya dudas, de cualquier Unión dentro de cuyo territorio se llevarán a cabo los Partidos que forman parte del torneo).

16.2.4   La Unión visitada será completamente responsable de garantizar la correcta administración y control de todos los Partidos, giras, Serie de Partidos o torneos dentro de su territorio.

Requisitos adicionales en relación con los Torneos Cross-Border

16.2.5   Además de la aprobación de las Uniones respectivas según lo estipulado en la Regulación 16.2.3, cuando se considere un Torneo Cross-Border, antes de organizar ese Torneo Cross-Border se debe obtener un permiso escrito del Consejo. Ningún Torneo Cross-Border puede ser confirmado antes de haber sido aprobado por el Consejo, no debiendo ser esa autorización demorada sin razones. Los criterios para la aprobación de los Torneos Cross-Border por parte del Consejo serán definidos por el Consejo de tanto en tanto.  

Combinados o Equipos seleccionados

16.2.6   Para evitar cualquier duda, la incitación, negociación o arreglo de un Partido, Serie de Partidos, torneo o gira al país de otra Unión involucrando un “combinado” o “equipo seleccionado” o cualquier equipo que incluya a un Jugador que no sea (temporariamente o de algún otro modo) miembro de una Unión, está prohibida salvo que las Uniones involucradas hayan otorgado el permiso específico por escrito, según corresponda, y:

(a)   si el “combinado” o “equipo seleccionado” incluye a un Jugador(es) Contratado(s) contratado para jugar al Rugby en una Unión de Alto Rendimiento: el CEO; o

(b)   si el “combinado” o “equipo seleccionado” no incluye a ningún Jugador Contratado establecido en (a) y/o de otro modo en relación con un Jugador que no es (temporariamente o de algún otro modo) miembro de una Unión: la Asociación en la que se va a disputar el Partido.

Si ambos (a) y (b) se aplican a un Partido, Serie de Partidos, torneo o gira al país de otra Unión, el CEO puede otorgar el permiso respecto de ambos (a) y (b).

16.2.7   A los efectos de la Regulación 16.2.6 un “combinado” o “equipo seleccionado” es uno que no sea ninguno de los siguientes:

(a)    ni un equipo de Club; ni

(b)    un Equipo Representativo Nacional o el equipo de un Organismo de Rugby.

No cumplimiento

16.2.8  Cualquier Partido, Serie de Partidos, gira o torneo que no cumpla totalmente con los requerimientos de los Estatutos, Regulaciones y Leyes del Juego será considerado no oficial. La Unión dentro de cuyo territorio tenga lugar ese evento no oficial (y la Unión o Uniones visitantes) y/o la Unión o Uniones Provinciales, de Condados, Distritos, Clubes u Organismos de Rugby participantes, serán consideradas responsables y estarán sujetas a sanciones de acuerdo a las Regulaciones y/o Estatutos.

Aprobación de la Asociación

16.3   Cuando un Partido, Serie de Partidos, gira o torneo sea aprobado por una Unión o Asociación de acuerdo con la Regulación 16, la Unión o Asociación deberá guardar un registro completo de esa aprobación que World Rugby podrá requerir de tanto en tanto. 

16.4   Cuando un Partido, Serie de Partidos, gira o torneo sea aprobado de acuerdo con la Regulación 16 para ser disputado dentro de un territorio que no es de una Unión pero: 

(a)   dentro de un territorio de una unión miembro de una Asociación; o 

(b)   dentro de un territorio de una unión dentro de la jurisdicción de una Asociación pero de la que aún no es miembro, con el consentimiento de esa Asociación; 

la Asociación asumirá el correspondiente rol y obligaciones de la Unión establecidos en la Regulación 16.

 

 

 

[1]  “Unión de Alto Rendimiento” significa cualquiera de las Uniones que participaron en la más reciente Copa del Mundo de Rugby.